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FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+) - FSE+

Título:

FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+) - FSE+

Categoría temática:

Asuntos sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades

Publicado en:

DOUE L 231/21 de 30.06.2021

Periodo:

2021 - 2027

Descripción y objetivos:

  • El FSE+ persigue el objetivo de apoyar a los Estados miembros y regiones a fin de lograr elevados niveles de empleo, una protección social justa y una mano de obra capacitada y resiliente preparada para el futuro mundo del trabajo, además de unas sociedades inclusivas y cohesionadas que aspiran a erradicar la pobreza y a cumplir los principios establecidos en el pilar europeo de derechos sociales.
     
    El FSE+ apoyará, complementará y añadirá valor a las políticas de los Estados miembros para garantizar la igualdad de oportunidades, la igualdad de acceso al mercado laboral, unas condiciones de trabajo justas y de calidad, la protección y la inclusión social, en particular centrándose en una educación y formación inclusivas y de calidad, el aprendizaje permanente, la inversión en los menores y las personas jóvenes y el acceso a los servicios básicos.
     
    El FSE+ apoyará los siguientes objetivos específicos de las políticas sectoriales de empleo y movilidad laboral, educación e inclusión social, ayudando también a la erradicación de la pobreza, con lo que contribuirá al objetivo político de «una Europa más social e integradora mediante la aplicación del pilar europeo de derechos sociales»:
    1. mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social;
    2. modernizar las instituciones y los servicios del mercado de trabajo para evaluar y prever las necesidades de capacidades y garantizar una asistencia oportuna y personalizada y el apoyo a la adecuación entre la oferta y la demanda en el mercado de trabajo, las transiciones y la movilidad;
    3. promover una participación equilibrada de género en el mercado de trabajo, unas condiciones de trabajo equitativas y una mejora del equilibrio entre la vida laboral y la familiar, en particular mediante el acceso a unos servicios asequibles de atención a la infancia y de atención a personas dependientes;
    4. promover la adaptación de los trabajadores, las empresas y los emprendedores al cambio, el envejecimiento activo y saludable y un entorno de trabajo saludable y bien adaptado que aborde los riesgos para la salud;
    5. mejorar la calidad, inclusividad, eficacia y pertinencia para el mercado laboral de los sistemas de educación y formación, también mediante la validación del aprendizaje no formal e informal, para apoyar la adquisición de competencias clave, incluidas las capacidades empresariales y digitales, y promoviendo la introducción de sistemas de formación dual y de formación de aprendices;
    6. promover la igualdad de acceso a una educación y una formación de calidad e inclusivas y su culminación, en particular para los grupos desfavorecidos, desde la educación infantil y cuidados de la primera infancia, pasando por la educación y la formación generales y profesionales, hasta la educación superior, así como la educación y el aprendizaje de las personas adultas, facilitando también la movilidad para el aprendizaje para todos y la accesibilidad de las personas con discapacidad;
    7. promover el aprendizaje permanente, en particular mediante oportunidades para todos de mejora y reciclaje flexibles de las capacidades teniendo en cuenta las capacidades empresariales y digitales, una mejor previsión de los cambios y nuevos requisitos de capacidades, habida cuenta de las necesidades del mercado de trabajo, facilitando las transiciones profesionales y promoviendo la movilidad profesional;
    8. fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los grupos desfavorecidos;
    9. promover la integración socioeconómica de los nacionales de terceros países, incluidos los migrantes;
    10. promover la integración socioeconómica de las comunidades marginadas, como la población romaní;
    11. mejorar la igualdad y la oportunidad del acceso a unos servicios de calidad, sostenibles y asequibles, incluidos los servicios que promueven el acceso a la vivienda y a una atención centrada en las personas, incluida la asistencia sanitaria; modernizar los sistemas de protección social, también fomentando el acceso a la protección social, con especial atención a los menores y los grupos desfavorecidos; mejorar la accesibilidad, también para personas con discapacidad, la efectividad y la resiliencia de los sistemas de asistencia sanitaria y de los servicios de cuidados de larga duración;
    12. promover la integración social de las personas en riesgo de pobreza o exclusión social, incluidas las personas más desfavorecidas y la población infantil;
    13. hacer frente a la privación material mediante alimentos y/o prestación de asistencia material básica a las personas más desfavorecidas, en particular a los menores, y establecer medidas de acompañamiento que apoyen su inclusión social.

Acciones previstas:

  • Acciones sociales innovadoras
    1. Los Estados miembros apoyarán las acciones de innovación social y experimentación social, también las acciones con un componente socio-cultural, o que impulsen los enfoques ascendentes basados en asociaciones con participación de las autoridades públicas, los interlocutores sociales, las empresas sociales, el sector privado y la sociedad civil.
    2. Los Estados miembros podrán apoyar la aplicación a mayor escala de los enfoques innovadores probados a pequeña escala y desarrollados en el marco del capítulo del EaSI y de otros programas de la Unión.
    3. Las acciones y enfoques de carácter innovador se podrán programar en virtud de cualquiera de los objetivos específicos establecidos
    4. Los Estados miembros dedicarán como mínimo una prioridad a la ejecución del apartado 1 o 2, o ambos. El porcentaje máximo de cofinanciación de tales prioridades se podrá aumentar al 95 % por un máximo del 5 % de los recursos nacionales del capítulo del FSE+ en régimen de gestión compartida.
    5. Los Estados miembros precisarán, ya sea en sus programas o en una etapa posterior durante la ejecución, los ámbitos en materia de innovación social y experimentación social que correspondan a las necesidades específicas de los Estados miembros.
    6. La Comisión facilitará la mejora de las capacidades en materia de innovación social, concretamente mediante el apoyo al aprendizaje mutuo, la creación de redes y la difusión y promoción de buenas prácticas y metodologías.
  • El capítulo del EaSI puede apoyar las acciones siguientes:

    1. las actividades analíticas, en particular las relativas a terceros países, y más concretamente:
      1. encuestas, estudios, datos estadísticos, metodologías, clasificaciones, microsimulaciones, indicadores y apoyo a observatorios a nivel europeo y a ejercicios de evaluación comparativa,
      2. experimentación social que evalúe innovaciones sociales,
      3. seguimiento y evaluación de la transposición y la aplicación del Derecho de la Unión;
    2. la ejecución de políticas, en particular:
      1. las asociaciones transfronterizas, en especial entre los servicios de empleo público, los interlocutores sociales y la sociedad civil, y los servicios de apoyo en las regiones transfronterizas,
      2. un plan de movilidad específico en materia laboral a escala de la Unión diseñado para proveer los puestos vacantes en los lugares en que se hayan observado deficiencias en el mercado de trabajo,
      3. el apoyo a las entidades de microfinanciación y a las entidades que prestan financiación a las empresas sociales, en particular mediante operaciones de financiación mixta como el reparto asimétrico de los riesgos o la reducción de los costes de transacción, así como el apoyo al desarrollo de infraestructuras sociales y cualificaciones,
      4. el apoyo a la cooperación y la asociación transnacional con vistas a la transferencia de las soluciones innovadoras y su aplicación a mayor escala;
    3. el desarrollo de las capacidades, en particular de:
      1. redes a escala de la Unión ,
      2. puntos de contacto nacionales que ofrezcan orientación, información y asistencia relacionadas con la ejecución del capítulo del EaSI,
      3. las administraciones, las instituciones de la seguridad social y los servicios de empleo responsables de promover la movilidad laboral, de las entidades de microfinanciación y de las entidades que prestan financiación a las empresas sociales u otros agentes de la inversión social, así como la creación de redes, en los Estados miembros o en terceros países asociados al capítulo del EaSI,
      4. las partes interesadas, incluidos los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil, habida cuenta de la cooperación transnacional;
    4. actividades de comunicación y difusión, y en particular:
      1. aprendizaje mutuo mediante el intercambio de buenas prácticas, enfoques innovadores, resultados de las actividades de análisis, revisiones entre pares y evaluación comparativa,
      2. guías, informes, material informativo y cobertura por los medios de comunicación,
      3. sistemas de información que difundan los elementos fácticos,
      4. actos de la Presidencia del Consejo y conferencias, seminarios y actividades de sensibilización.

Organizaciones que pueden participar:

  • Abierto para entidades legalmente constituidas y localizadas en alguna de las zonas de actuación de cualquiera de los siguientes tipos:
    • Cualquier tipo de organización

Zonas de actuacion:

  • Las entidades u organizaciones que participen deberán disponer de su sede social en el ámbito geográfico siguiente:
    • Unión Europea (UE)

Financiacion comunitaria:

  • La previsión de financiación comunitaria disponible para la convocatoria de propuestas es:
    • Presupuesto global: 87.995,10 M€

Dirección general responsable:

  • Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades: Rue de Spa , 3, 1000 - Bruxelles
  • Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades: Rue Joseph II, 27, 1000 - Bruxelles
  • Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades: Rue Joseph II, 54, 1000 - Bruxelles
  • Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades: Rue Robert Stumper 10, L-2557 Luxembourg/Gasperich

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