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CEF 2 Transporte - Proyectos en la Red Básica - Dotación general (CEF-T-2022-COREGEN)
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MECANISMO «CONECTAR EUROPA» - MCE2027
Objetivo :El objetivo es desarrollar proyectos de infraestructuras de transporte ferroviario en la Red Básica de la RTE-T.Alcance :estudios y/o trabajos, relacionados con:construcción/mejora de enlaces transfronterizos y faltantes;mejora de la capacidad y el rendimiento de las líneas existentes, incluida la eliminación de los pasos a nivel y las mejoras necesarias para los trenes de 740 metros de largo y las mejoras necesarias para facilitar el transporte ferroviario internacional de pasajeros y mercancías;aumento de capacidad en los nodos, incluso en lo que se refiere a una mejor articulación del tráfico local y de larga distancia;interconexiones entre el ferrocarril y otros modos de transporte, en particular el transporte marítimo y por vías navegables, y los proyectos destinados a la integración de las redes ferroviaria y aérea para hacer más sostenible la red de enlace para vuelos de larga distancia. Los proyectos ubicados exclusivamente dentro del perímetro de puertos interiores y puertos marítimos se presentarán bajo dichas prioridades respectivamente;conexiones de las terminales de mercancías a la Red RTE-T. Las obras también pueden incluir la construcción/mejora del componente de infraestructura ferroviaria, por ejemplo, vías de desvío y adaptaciones para trenes de 740 metros de largo, de terminales de carga nuevas o existentes;electrificación de vías de línea y mejora/construcción de sistemas de electrificación. No se dará apoyo a estaciones ferroviarias, excepto para componentes de infraestructura ferroviaria. Si el proyecto incluye dichos componentes, se presentarán como un paquete de trabajo separado. Tampoco se apoyarán actividades relacionadas con los sistemas Clase B. Los proyectos deberán cumplir con las disposiciones de la Directiva 2016/797 sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario (Directiva 2016/797 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Unión Europea que reemplaza a la Directiva 2008 /57/CE a 31 de octubre de 2020 (DO L 138 de 26.5.2016, p. 44))y con las correspondientes Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad. En su caso, los proyectos también serán compatibles con la armonización de los procedimientos operativos a través de las fronteras para garantizar el uso más eficaz de la infraestructura apoyada.De conformidad con el Artículo 9(2)(a)(i) del Reglamento CEF, los proyectos que aborden la Red Básica podrán incluir elementos relacionados en la Red Integral, cuando sea necesario para optimizar la inversión. Estos elementos pueden representar hasta el 10 % de los costes subvencionables totales del proyecto y se presentarán como un paquete de trabajo separado.No se apoyarán estudios y/u obras que abarquen material rodante.Los proyectos no pueden combinar una infraestructura ferroviaria y el despliegue de ERTMS en la vía. Cada componente debe presentarse bajo el tema respectivo únicamente.Los enclavamientos, así como los trabajos de GSM-R (comunicación por radio Clase A) solo pueden admitirse en el tema de la llamada ERTMS.Las instalaciones y la infraestructura respaldadas por CEF deben ser accesibles para su uso por parte de todos los operadores de manera no discriminatoria.
Esta convocatoria cubre los siguientes temas:
Abierto para entidades legalmente constituidas y localizadas en alguna de las zonas de actuación de cualquiera de los siguientes tipos:
La previsión de financiación comunitaria disponible para la convocatoria de propuestas es:
Para más información visita la página web de la convocatoria