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Información Europea de Castilla y León
Información Europea de Castilla y León
27 de enero de 2010
Consejería de la Presidencia
Ante el Parlamento Europeo
El mandato de la Comisión Europea, órgano ejecutivo de la Unión Europea, tiene una duración de cinco años. El último Colegio de Comisarios fue nombrado en noviembre de 2004 y procede sustituirlo, para lo que es indispensable la aprobación del Parlamento Europeo.
Composición de la futura Comisión
En aplicación del nuevo Tratado de Lisboa, la Comisión Europea se compone de un nacional de cada Estado miembro. La nueva Comisión se compondrá, pues, de 27 miembros: un Presidente y 26 Comisarios encargados de las distintas carteras.
Entre estos 26 Comisarios, varios Vicepresidentes asisten al Presidente. Con el nuevo Tratado de Lisboa, como novedad: uno de estos Vicepresidentes es, además, Alto Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.
Doble aprobación por el Parlamento Europeo
De conformidad con el artículo 17 del Tratado de la Unión Europea, la aprobación por el Parlamento se efectúa en dos tiempos:
En el primero, el Parlamento Europeo elige al candidato propuesto por el Consejo Europeo para la presidencia de la Comisión. La prórroga del mandato de José Manuel Barroso para un segundo período ya fue aprobada por el Parlamento Europeo el pasado 16 de septiembre.
En un segundo tiempo, el Parlamento aprueba a la Comisión en su conjunto. Para preparar debidamente su voto, examina en detalle las candidaturas de los Comisarios que el Consejo ha propuesto de común acuerdo con el Presidente Barroso, y lo hace en función de las carteras que éste tiene previsto atribuirles
Evaluación
El Parlamento Europeo evalúa a los Comisarios propuestos desde el punto de vista de su competencia general, su compromiso europeo y su independencia personal. Comprueba asimismo su conocimiento de las carteras que se les pueden encomendar y sus capacidades de comunicación.
El Parlamento tiene especialmente en cuenta el equilibrio entre los géneros. Puede expresarse acerca de la distribución de carteras propuesta por el Presidente electo.
Paso a Paso
Anexo XVII del Reglamento del Parlamento Europeo y consta de las siguientes etapas: