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Información Europea de Castilla y León
Información Europea de Castilla y León
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, establece, en su artículo 59, la Comisión de Cooperación entre la Comunidad de Castilla y León y el Estado, como marco permanente de cooperación de ámbito general entre ambas partes.
En el citado artículo se dispone que esta Comisión estará integrada por un número igual de representantes de la Junta de Castilla y León y del Gobierno de la Nación, número que, conforme al artículo 3.1 del Reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión, adoptado en su reunión de 24 de noviembre de 2010, será de seis personas, además de una Secretaría para cada una de las Delegaciones, que ejercerán la Secretaría Permanente, conforme al artículo 5.1.
Resulta procedente la actualización de los nombramientos de los representantes autonómicos anteriormente señalados, que fueron efectuados mediante Acuerdo 3/2008, de 24 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León.
El Decreto 40/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, atribuye a ésta las relaciones de la Junta de Castilla y León con la Administración General del Estado, a través de la Viceconsejería de Ordenación del Territorio y Relaciones Institucionales a la que corresponden las funciones de gestión de la representación de la Comunidad de Castilla y León en la Comisión de Cooperación entre la Comunidad de Castilla y León y el Estado.
Vigente
Autonómico