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Información Europea de Castilla y León
Información Europea de Castilla y León
24 de octubre de 2014
Consejería de Economía y Empleo
La Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León ha aprobado la convocatoria para la concesión de préstamos con fondos del Banco Europeo de Inversiones (BEI) para la financiación de proyectos empresariales
El BOCYL nº 205/2014, de 24 de octubre de 2014 publica el
Acuerdo de 23 de octubre de 2014
, de la Comisión Ejecutiva de la
Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León (ADE)
, para la concesión de préstamos destinados a financiar proyectos empresariales en Castilla y León.
En el acuerdo se establecen las disposiciones específicas que regulan esta línea de préstamos para los años 2014 y 2015.
Las aplicaciones presupuestarias y el crédito destinado a financiar la presente convocatoria se aprobaron en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de 2014, con una dotación de 50 millones de euros y se destinan principalmente a pymes y empresas de mediana capitalización autónomas (Mid-Cap) que desarrollen un proyecto de inversión en alguno de sus centros productivos en Castilla y León.
Los proyectos se podrán presentar hasta el 30 de octubre de 2015 y serán elegibles los que aborden nuevas inversiones, ampliaciones o mejoras tecnológicas de instalaciones existentes e innovadoras en sectores promocionales y localizadas en el territorio regional. Además, los proyectos deben tener un coste aprobado por la Ade de entre 600.000 euros y 10 millones.
Los préstamos presentarán tipo de interés variable, con plazo de amortización de entre 24 y 120 meses y un importe mínimo de 300.000 euros y máximo de 7 millones que supongan hasta el 70 por ciento del proyecto elegible en el caso de inversiones o del 50 por ciento en el caso de necesidades de circulante.
Se exigirán garantías como la constitución de aval financiero, hipoteca inmobiliaria sobre bienes inmueble y mobiliaria sobre maquinaria industrial; prenda sobre los derechos de cobro y "cualquier otra garantía distinta que se considerada en función de la solvencia del prestatario y de las características de la operación".