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La Comisión Europea aprueba la medida española y portuguesa, prorrogada y modificada, para reducir los precios de la electricidad en un contexto de crisis energética

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Fecha de publicación:

25 de abril de 2023

Fuente:

Comisión Europea

Descripción:

La Comisión Europea ha aprobado, con arreglo a las normas sobre ayudas estatales, la prórroga y modificación de una medida española y portuguesa destinada a reducir los precios al por mayor de la electricidad en el mercado ibérico (Mercado Ibérico de la Electricidad, MIBEL) reduciendo los costes de los insumos de las centrales eléctricas alimentadas con combustibles fósiles.

Contenido:

La medida modificada, que estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023, se aprobó con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra b), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y reconoce que las economías española y portuguesa siguen experimentando una grave perturbación.

Medida española y portuguesa

En junio de 2022, la Comisión aprobó una medida para reducir los costes de los insumos de las centrales eléctricas alimentadas con combustibles fósiles en España y Portugal y con ello sus costes de producción y, en última instancia, el precio en el mercado mayorista de la electricidad, en beneficio de los consumidores. La medida debía expirar el 31 de mayo de 2023.

En virtud de esa medida, los productores de electricidad reciben un pago que funciona como subvención directa para financiar parte de su coste de combustible. El pago se calcula diariamente sobre la base de la diferencia entre el precio de mercado del gas natural y un precio máximo del gas. Entre junio y diciembre de 2022, el precio máximo se fijó en 40 EUR/MWh. Transcurridos los 6 primeros meses, el precio máximo estaba previsto que aumentase 5 EUR al mes.

En abril de 2023, España y Portugal notificaron a la Comisión su intención de prorrogar la medida original hasta el 31 de diciembre de 2023 con modificaciones.

La Comisión evaluó la medida modificada con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, en particular el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE, que permite a los Estados miembros conceder ayudas a empresas o sectores específicos para poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro, y a los principios generales establecidos en el Marco Temporal de Crisis y Transición relativo a las ayudas estatales, que la Comisión ha aplicado por analogía.

Las modificaciones aprobadas han sido las siguientes:

  • La trayectoria del límite de precios se modificará para lograr una eliminación progresiva fluida y predecible, convergiendo con los precios de mercado del gas previstos para finales de 2023.
  • Los compradores en el mercado mayorista de la electricidad están exentos del pago del coste de ajuste entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2023 por los volúmenes de su electricidad para los que hayan celebrado contratos de suministro de electricidad a un precio fijo antes del 7 de marzo de 2023.
  • Los consumidores finales, que no están registrados como compradores al por mayor del mercado de la electricidad, están exentos del pago del coste de ajuste del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2023 por los volúmenes de sus compras de electricidad para los que hayan celebrado contratos de cobertura financiera de sus riesgos de precio de la electricidad antes del 7 de marzo de 2023.