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Información Europea de Castilla y León
Información Europea de Castilla y León
26 de septiembre de 2024
Consejo de la Unión Europea
El Consejo de la Unión Europea ha adoptado hoy la decisión de presentar, en nombre de la UE, una propuesta para modificar el estado de conservación del lobo, que pasará de ser una especie de fauna estrictamente protegida a una especie de fauna protegida , con vistas a la 44.ª reunión del Comité Permanente del Convenio de Berna. El Comité Permanente, encargado de evaluar el estado de conservación de las especies, se reunirá en diciembre de 2024.
La enmienda propuesta dará más flexibilidad para abordar los desafíos socioeconómicos derivados de la continua expansión de la distribución del lobo en Europa, manteniendo al mismo tiempo un estado de conservación favorable para todas las poblaciones de lobos en la UE.
Actualmente, el lobo está catalogado como especie estrictamente protegida (apéndice II del Convenio de Berna). Las partes del Convenio deben adoptar medidas para su conservación.
El estado de conservación del lobo ha mostrado una tendencia positiva en las últimas décadas. La especie se ha recuperado con éxito en todo el continente europeo y su población estimada casi se ha duplicado en 10 años (de 11.193 ejemplares en 2012 a 20.300 en 2023).
Esta expansión continua ha generado problemas socioeconómicos, en particular en lo que respecta a la coexistencia con las actividades humanas y los daños al ganado. Según los últimos datos disponibles de los Estados miembros, se estima que los lobos matan al menos 65.500 cabezas de ganado cada año en la UE.
La enmienda propuesta pretende incluir al lobo como especie protegida (trasladándolo al apéndice III del Convenio de Berna). Esto significa que su protección debe garantizarse mediante medidas adecuadas y necesarias. Cualquier explotación de la especie debe mantener a la población de lobos fuera de peligro y alinearse con los requisitos científicos y ecológicos, entre otros.
La Comisión presentará ahora la propuesta a la secretaría del Convenio de Berna. Toda enmienda al Convenio de Berna debe ser adoptada por dos tercios de sus partes contratantes. Las enmiendas a los anexos entran en vigor tres meses después de su adopción.
El cambio en el nivel de protección no sería inmediatamente aplicable en la UE. Una vez que entre en vigor la modificación de los anexos del Convenio de Berna, la UE podría modificar los anexos correspondientes de la Directiva Hábitats –la legislación de la UE que aplica el Convenio de Berna– para adaptar el nivel de protección de los lobos en su ordenamiento jurídico interno.
El Convenio de Berna, adoptado en 1979 y entrado en vigor en 1982, es un tratado internacional bajo la égida del Consejo de Europa que tiene como objetivo garantizar la conservación y protección de las especies vegetales y animales silvestres y sus hábitats naturales.
Para tal fin, la Convención impone obligaciones jurídicas a las partes contratantes y protege más de 500 especies de plantas silvestres y más de 1.000 especies de animales silvestres.
Su órgano de decisión, el Comité Permanente, se reúne cada año en Estrasburgo. La UE y sus Estados miembros son partes del Convenio de Berna.
El 20 de diciembre, la Comisión remitió al Consejo una propuesta de decisión para adaptar el estatuto de protección del lobo en virtud del Convenio de Berna. La modificación del estatuto de protección del lobo en virtud del Convenio de Berna es un requisito previo para cualquier modificación correspondiente de su estatuto a escala de la UE.