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Becas para formación y realización de prácticas en la Delegación Permanente de Castilla y León ante la Unión Europea

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Fecha de publicación:

12 de marzo de 2020

Fuente:

Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior

Descripción:

Los becarios desarrollarán esta actividad en las dependencias de la Delegación Permanente de Castilla y León ante la Unión Europea en Bruselas.

Contenido:

El BOCyL nº 50, de 12 de marzo de 2020 de febrero, recoge las bases reguladoras para la concesión de becas para la formación y la realización de prácticas en materia de Acción Exterior y Asuntos Europeos en la Delegación Permanente de Castilla y León ante la Unión Europea en Bruselas.

Las becas están dirigidas a jóvenes titulados universitarios, que cumplan los requisitos a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La dotación de las becas será de 2.000 euros mensuales. Las becaspodrán tener una duración máxima de 24 meses.
Las becas se convocan aproximadamente cada dos años

Para más información puede dirigirse a consultaseuropa@jcyl.es

¿Qué requisitos debo cumplir?:

a) Ser mayor de 18 años y no haber cumplido los 30 años de edad.

b) Estar en posesión de un título de grado o licenciado, de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas, Arte y Humanidades, Ciencias e Ingeniería y Arquitectura, según el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales. Los estudios acreditados por el título deberán haber concluido dentro de los cinco últimos años académicos anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los títulos oficiales de educación superior, cursados en universidades o instituciones de educación superior ubicadas en el extranjero o de títulos extranjeros de educación superior cuyas enseñanzas hayan sido cursadas total o parcialmente en España en centros debidamente autorizados por las Administraciones españolas competentes deberán estar homologados por el Ministerio español competente en materia de educación.

c) Poseer conocimiento, hablado y escrito, de los idiomas inglés y francés. A tal efecto, se requerirá un nivel mínimo de conocimiento acreditado para cada una de las lenguas correspondiente al nivel B2 del marco común europeo de referencia, en lo sucesivo MCER.

d) Haber nacido o estar empadronado con una antigüedad mínima de dos años en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, o haber obtenido el título de licenciado, graduado o equivalente en una Universidad de Castilla y León.

e) No estar disfrutando o haber disfrutado con anterioridad de una beca para la realización de estudios o prácticas sobre acción exterior o asuntos europeos concedida por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

f) No estar incursas en las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

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